Presentación DDJJ
Información para Responsables de Declaraciones Juradas y Sujetos Obligados a la presentación de Declaraciones Juradas – Ley 1341-A
– Documentación que debe remitir el Responsable de Declaraciones Juradas a Escribanía de Gobierno.
– Modelo de Nómina de Sujetos Obligados
NOTIFICACIÓN OCTUBRE 2019
EDICTO: La Escribana General de Gobierno informa, que de acuerdo a la legislación vigente y los Registros de la Escribana, se hallan en condiciones de destrucción las Declaraciones Juradas Patrimoniales de los agentes y funcionarios públicos que figuran en archivo adjunto.
LEY DE ÉTICA PUBLICA Nº1341-A (Antes Ley N° 5428) – DECLARACIÓN JURADA PATRIMONIAL- DECRETO REGLAMENTARIO: 2538/05
CONSIDERACIONES GENERALES
En la Escribanía General de Gobierno de la Provincia del Chaco, funciona bajo su dependencia y responsabilidad el “Registro Público del Patrimonio” creado por Ley Nº 1341-A (Antes Ley N° 5428) de “Ética y Transparencia en la Función Pública” Es importante aclarar que esta Escribanía General de Gobierno carece de competencia para constreñir a los funcionarios a que presenten su Declaración Jurada Patrimonial, limitándose su función a la recepción y guarda de las mismas.- El Director de Personal, Director de Administración, Jefe de Recursos Humanos, o el área que cumpla estas funciones, responsable de cada jurisdicción, será el encargado de fiscalizar el cumplimiento de la Ley 1341-A (Antes Ley N° 5428) y su Decreto reglamentario Nº 2.538/05.- La publicación efectuada en la pagina web de la Escribania General de Gobierno de la nomina de personas que cumplieron con la presentación de declaraciones juradas.
MARCO LEGAL
Ley 1341-A (Antes Ley N° 5428); Decreto reglamentario Nº 2538/05.- Es autoridad de aplicación de tal normativa, la Fiscalía de Investigaciones Administrativas y la Escribanía General de Gobierno, responsable del “Registro Público del Patrimonio”.-
https://consultaddjj.chaco.gob.ar/consulta-publica